Conozca alternativas que han tomado las entidades financieras para apoyar a los deudores afectados económicamente por efecto del coronavirus
La propagación del coronavirus ha impactado las economías del mundo, por lo que numerosas personas y negocios afrontarían dificultades a la hora de cumplir con sus obligaciones financieras.
Al respecto, la Superintendencia Financiera de Colombia y las entidades vigiladas han emitido una serie de medidas con el propósito de apoyar a los deudores afectados. Entre las iniciativas, sin efectos en la calificación del deudor, se encuentra la posibilidad de aumentar los plazos o acceder a períodos de gracia.
Analicemos que significan estas alternativas, recordando que cada entidad financiera tiene sus propias políticas y condiciones. Usted las debe analizar y decidir según sus necesidades.
Aumento de plazos: consiste en diferir la deuda que se tiene por un período de tiempo mayor al inicialmente pactado. Lo anterior, con el objetivo de que la persona o negocio pueda seguir cumpliendo con las cuotas de acuerdo con sus capacidades financieras.
Si requiere de este refinanciamiento, y para determinar el plazo, tenga en cuenta sus actuales condiciones económicas y las que considera que va a tener en un futuro, así como la tasa de interés que le esta ofreciendo la entidad. Considere posibles escenarios y tome la decisión que mejor se ajuste a su realidad.
Veamos un ejemplo, supongamos que Camila tiene un crédito de vehículo a una tasa del 0,95 mensual y le hace falta pagar $20 millones a un 1 año. Su cuota mensual equivale a cerca de $1,8 millones, que le es difícil seguir pagando. Por tal motivo, decide refinanciar esta deuda a 3 años con la misma tasa, pagando ahora una cuota de $658 mil pesos. Con este cambio la cuota a pagar será menor, lo que alivia sustancialmente su flujo de caja. Paralelamente, el costo de la deuda, que equivalen a los intereses por el mayor tiempo, será superior en más de $2 millones de pesos.
Período de gracia: Es un rango de tiempo durante el cual el deudor no debe pagar ninguna cuota del préstamo, pudiendo referirse al capital y/o a los intereses. Apenas pasa dicho período se inicia o se prosigue con la obligación adquirida. Cabe resaltar que, pese a que no hay desembolsos de cuotas, generalmente, hay acumulación de intereses.
Por ejemplo, supongamos que David quiere adquirir un crédito de libre inversión por $15 millones de pesos a una tasa mensual del 1,5% para pagar a 6 meses. Si solicita un plazo de gracia de tres meses a capital tendría el siguiente cuadro de amortización:
(Ejemplo)
Ahora bien, si ya tiene un crédito y le aplica un período de gracia de capital e interés, lo que sucederá es que no pagará cuota durante el tiempo acordado, pero al cumplir este plazo su cuota será, muy probablemente, superior a la que pagaba previamente.
En este difícil contexto, las entidades financieras están ofreciendo opciones para que usted o su empresa aligere su carga financiera. Identifique la alternativa que se ajusta a su bolsillo, pregunte todos los detalles y tome la mejor decisión.
Daniela Londoño Avellaneda
@danielalondono7
Experta en innovación financiera de Banca de las Oportunidades